Mentiras y verdades sobre la elección de fiscal

Por Carlos Acero – tomado de Razón Pública
23 de febrero de 2024

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Carlos Acero elección fiscal

Hoy jueves 22 de febrero nuevamente la Corte Suprema de Justicia deberá realizar una nueva ronda de votación para elegir fiscal. Hace quince días tuve la oportunidad de exponer las razones por las que considero que la Corte Suprema debe elegir fiscal ya.

 

Deseo que la convulsión que ha causado este proceso electoral termine hoy, pero en caso de extenderse, y para la posteridad, vale la pena analizar varios argumentos o posverdades que han hecho carrera por estos días.

 

“Que la Corte tiene derecho a demorarse y que la demora ha sido costumbre”.

 

Si bien es cierto que la Corte no tiene un plazo legal para elegir, no es menos relevante que la interpretación en conjunto de normas constitucionales orienta a la Corte a elegir de manera oportuna, como sostiene el jurista Ramiro Bejarano.

 

A modo de ejemplo, el artículo 2 de la Constitución Política ordena a todos los entes del Estado garantizar la efectividad de los principios constitucionales. Es decir, el pronto funcionamiento de entidades como la Fiscalía debe ser priorizado por la Corte.

 

El constitucionalista Rodrigo Uprimny hizo un análisis comparativo de los tiempos de elección de los fiscales desde 1992 hasta la actualidad. El resultado es concluyente: salvo en la elección de 2009-2010, atravesada por la atípica reelección presidencial de Uribe, ninguna Corte se había demorado tanto como la actual en elegir fiscal.

 

“Que hubiese sido indebido nombrar fiscal antes de haber terminado el periodo de Barbosa porque se limitaba su actuar”.

 

Este argumento raya entre el engaño y la mediocridad retórica. Como las elecciones de múltiples cargos de altos poderes del Estado, esta escogencia ocurre con anterioridad al vencimiento del periodo de quien ejerce la dignidad.

 

Sería absurdo pensar, por ejemplo, que la elección de Presidencia debería ocurrir con posterioridad al 7 de agosto del 2026 cuando Petro deje su cargo. Lo que sí es lógico, es que durante el término de finalización del periodo el o la nueva funcionaria elegida no debe intervenir ni orientar las funciones que todavía no ejerce.

 

“Que se cocina un golpe blando en contra de Petro”.

 

Que a unos poderosos les incomode tener a Petro de presidente y politicen entes judiciales y de control para atacar al gobierno no significa que haya un golpe a la vuelta de la esquina. Ante arbitrariedades de la Procuraduría y la Fiscalía, el presidente tiene todavía múltiples instancias legales, nacionales e internacionales, que impedirían sanciones definitivas.

 

Además, la historia geopolítica de América Latina sugiere revisar si el tío Sam respalda el golpe, aspecto que por ahora ni se asoma. Mal le fue a la bancada del Centro Democrático en Washington, a donde fue a buscar la bendición del norte para legitimar la inestabilidad institucional en Colombia: volvió con el rabo entre las patas.

 

Mientras tanto, Petro defiende a capa y espada, y con mucho green wash (lavado de cara con falso ambientalismo), un proyecto militar de Estados Unidos en el Parque Natural Gorgona para continuar con la fracasada lucha militar contra el narcotráfico. Según científicos, los impactos ambientales del proyecto serán nefastos para, entre otras especies, delfines, tortugas y ballenas.

 

“Que Petro no quería presionar a la Corte sino que fue una marcha ciudadana”.

 

Falso. Aunque no se puede generalizar y desconocer iniciativas autónomas y espontáneas para exigir pronta elección, la idea de protestar en la Corte surgió del desesperado trino del presidente en la noche del viernes 2 de febrero.

 

“Que no se puede presionar a la Corte con marchas”.

 

Nuevamente falso. La protesta social es un derecho fundamental que le permite a cualquier persona discrepar y reclamar ante cualquier entidad pública o privada. Por Constitución este derecho sólo podría ser limitado por una ley estatutaria, pero no existe ley alguna en Colombia que impida protestar ante actos o decisiones de la justicia. Claro, la protesta debe incomodar, pero también debe ser pacífica para ser legal.

 

Puede ser cuestionable y poco diplomático que un presidente llame a protestar en contra de otro poder, pero ello no es automáticamente ilegal.

 

“Que los sindicatos -FECODE- no pueden marchar por temas ajenos a su profesión”.

 

Otra mentira. Lo antes dicho sobre el derecho a la protesta cobija a los sindicatos y nada les impide protestar por lo que quieran. Sería ilegal si declararan una huelga con cesación indefinida de actividades como mecanismo de presión para obligar a la Corte a elegir. Sin embargo, ese no fue el caso.

 

Estos son apenas unos argumentos que se han escuchado por estos días. Al final, la invitación es a no caer en lugares comunes o acusaciones sensacionalistas que terminan limitando el debate público a desesperados opositores y acríticos defensores.

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