Liga Nacional de Usuarios Públicos solicita al Presidente implementar medidas urgentes ante injustas tarifas de Servicios Públicos

Bogotá, Febrero 14 de 2024

 

Respetado


GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO

Presidente de la República

E. S. D.

 

Cordial saludo

 

Conocido el Decreto por el cual asume el Presidente de la República las funciones que administraciones anteriores delegaron en las Comisiones Reguladoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo- CRA y de energía eléctrica y gas combustible – CREG, acudiendo a los artículos 370 de la Constitución Política y 68 de la ley 142 de 1994, quienes suscribimos esta carta, voceros de la LIGA NACIONAL DE USUARIOS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, en razón a la enorme e injusta lesión que estamos sufriendo los usuarios, expresamos la necesidad de que se definan unas nuevas fórmulas tarifarias en cada uno de los servicios , que tengan la cualidad de respetar a todos los usuarios su capacidad de pago, que no permitan la especulación financiera o incrementos producto de la posición dominante de uno o varios actores de la cadena de suministro de los servicios públicos, ni que sigan garantizando rentabilidades mínimas a los inversionistas, ni trasladarle a los usuarios riesgos exclusivos de los inversionistas, como lo es el cambiario. Hacemos esta petición porque las fórmulas tarifarias vigentes, están causando sufrimiento y merma de la calidad de vida en las familias colombianas.

 

Las alzas de las tarifas no tienen límite, situación que de ninguna manera se armoniza con la realidad socioeconómica de los usuarios, cuya capacidad de pago está mermada por una economía en decrecimiento y una inflación galopante.

 

Hay necesidad de producir una medida inmediata que alivie la carga de quienes pagan las muy caras tarifas de prestación de los servicios públicos domiciliarios y otra, de efectos a mediano plazo, que modifique las normas que originan este daño social e impiden el ejercicio del derecho democrático a servicios públicos accesibles, de alta calidad y pagables.

 

Como usuarios y haciendo eco a las reiteradas peticiones de diversos sectores de nuestra sociedad, consideramos que estamos frente a la situación prevista en el artículo 126 de la ley 142 de 1994, donde en razón a la lesión injusta a los intereses de los usuarios es posible modificar las fórmulas tarifarias antes de que expiren los períodos tarifarios de cinco años.

 

Los usuarios necesitamos que cesen las graves afectaciones que estamos padeciendo, las cuales sufren con mayor rigor los habitantes de la Costa Caribe, quienes por cuenta de prerrogativas exorbitantes otorgadas por el gobierno de Duque a las empresas AIRE y AFINIA, tienen cargas más abusivas que las del resto del país.

 

El valor de las facturas de servicios públicos sigue siendo una piedra al cuello de los usuarios y las tarifas, lamentablemente, continúan al alza generándoles a los colombianos y a las colombianas más sufrimientos por una carestía que tiene pinta de no acabar, Por eso, solicitamos, señor Presidente, que, haciendo uso de la herramienta que le entrega el artículo 126, resuelva ya para el interés de los usuarios las rebajas tarifarias significativas que reclaman.

 

En octubre de 2022, solicitamos a la CREG que aplicara este mandato, no nos atendió, comprendemos por qué, ella históricamente ha definido tarifas contra los usuarios. Luego se está ante la oportunidad de comprender la utilidad de esta decisión y actuar en consecuencia.

 

Como voceros de la Liga Nacional de Usuarios de Servicios Públicos Domiciliarios proponemos se apliquen, además de las expresadas, las siguientes medidas:

 

  • Eliminación del régimen tarifario especial de la Costa Caribe, contenido en las resoluciones CREG 010 de 2020, 078 y 079 de 2021. Solución que requiere recursos del Presupuesto General de la Nación y del Fondo Nacional de Regalías Mineras, como está autorizado en el parágrafo del artículo 318 de la ley 1955 de 2019, para que se realicen las inversiones necesarias para ampliar la cobertura, mejorar la calidad del servicio, reducir las pérdidas y reemplazar la infraestructura obsoleta de las Redes de Distribución Local y Regional – SDL y SDR. Para definir los lineamientos de modificación de la política tarifaria y de inversión de recursos públicos para superar la obsolescencia de las redes, debe el gobierno nacional establecer una Mesa de concertación con todas las fuerzas vivas de la sociedad de la Costa Caribeña.

 

  • Aplicando el artículo 126 de la ley 142 de 1994, modificar las fórmulas tarifarias de la cadena del servicio de energía eléctrica expedidas por la CREG, en virtud de las cuales se está lesionando injustamente los intereses de los usuarios. En el nuevo marco tarifario debe incluirse, entre otros elementos, los siguientes: eliminar la garantía de ganancia mínima al inversionista (esta debe ser resultado de la eficiencia en la administración del capital desarrollada por el propietario de la empresa), desdolarizar todos los componentes que tienen hoy esa consideración para definir tarifas de los servicios públicos domiciliarios, y remunerar a costos ciertos eficientes y razonables, acordes con las realidades y la economía nacional.

 

  • No más opciones tarifarias. Desde el año 2008, los colombianos estamos pagando la llamada “opción tarifaria”, mecanismo mediante el cual las comisiones reguladoras deciden establecer un plazo para que los usuarios paguen los fuertes aumentos tarifarios originados en una Resolución de cálculo de las tasas de ganancia de las empresas prestadoras, para más adelante acomodar la expedición de nuevas resoluciones aprobando más remuneración, y otra vez nueva “opción tarifaria”. En vez de resoluciones de impagables alzas, resoluciones acordes con la capacidad de pago de todos los usuarios, residenciales, industriales, comerciales y agropecuarios.

 

  • Aumentar los subsidios a la inversión para ampliación de la infraestructura de los servicios públicos, en especial en el de energía eléctrica, los cuales no serán incluidos en las tarifas que se cobran a los usuarios, como también lo vienen solicitando autoridades territoriales de la región Caribe.

 

  • No firma de nuevos TLC, tratados de protección de inversión y acuerdos de doble tributación, y renegociación de los TLC que como el vigente con los Estados Unidos, impiden al Estado ejercer su potestad de intervención en la búsqueda de servicios públicos accesibles y de altísima calidad y a los usuarios ejercer todos sus derechos.

 

Así, condensamos las medidas de carácter inmediato que requieren los usuarios para aliviar el peso de su factura en el gasto doméstico.

 

Finalmente, señor Presidente, solicitamos que cualquier decisión o propuesta de modificación legal sea ampliamente discutida con los representantes de los usuarios, entiéndase hoy Plan Nacional de Desarrollo y Régimen de prestación de servicios públicos domiciliarios, porque allí se han incorporado iniciativas gubernamentales, entre otras, para “reasignar” y “focalizar” los subsidios de los estratos pobres, con instrumentos distintos de la estratificación, obligar instalación de medición inteligente, AMI, que ha sido rechazada masivamente por costosa e innecesaria, políticas que de ser aprobadas como han sido radicadas advertimos otra crisis de los usuarios, por estrechamiento de la población destinataria del subsidio y más merma de los consumos a los que se aplica. Por razones de transparencia y porque es del interés de toda la comunidad de la Costa Caribe, la más sacrificada del país con la política de servicios públicos domiciliarios, pues además de quedar obligada a pagar las tarifas peores de caras, recibe un mal servicio, o no recibe ninguno en muchas zonas de la región, le solicitamos dé a conocer los contratos de enajenación de los activos de Electricaribe a las empresas AIRE y AFINIA, para saber, por fin, cuánto pagaron, y cuál es la magnitud del daño para el patrimonio público de los costeños.

 

Cordialmente,

 

LIGA NACIONAL DE USUARIOS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS –
LIGA USPD

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