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Artículo 8 – Derechos. Son derechos de los (as) afiliados (as):
- Intervenir en la adopción de las decisiones del Partido y en la selección de sus candidatos(as).
- Recibir la misma protección y trato por parte de todas las autoridades del Partido y gozar de los mismos derechos, libertades y oportunidades.
- Participar en las actividades del Partido, en el marco de las instancias previstas para los(as) afiliados(as).
- Elegir y ser elegido(a), para formar parte de los organismos de dirección, gobierno, administración y control del Partido.
- Fiscalizar la gestión de su dirigencia y las actividades del Partido.
- Disentir y ejercer la sana crítica, la libre expresión de las ideas y presentar iniciativas y proyectos.
- Recibir educación y formación social y política.
- Desafiliarse libremente del Partido, bien sea mediante pronunciamiento público o mediante escrito presentado ante el respectivo organismo regional o nacional del Partido.
- Recibir información oportuna y veraz sobre las actividades políticas, administrativas y financieras del Partido, a través de por lo menos una actividad anual de rendición de cuentas o de informe escrito socializado a través de la página web del Partido.
- Gozar de la protección de los datos personales que hayan sido reportados al momento de la afiliación o inscripción al Partido, de acuerdo con la legislación vigente en la materia.
- Postularse a candidaturas para cargos de elección popular a nombre del Partido y según el procedimiento previsto por la organización para ellos.
Artículo 9 – Deberes. Son deberes de los(as) afiliados(as) del Partido:
- Acatar, cumplir y respetar la Constitución Política, la Ley, los Estatutos, el Código de Ética y Garantías y el Régimen Disciplinario y las decisiones de los órganos de dirección del Partido.
- Asistir y participar en los organismos del Partido de los cuales haga parte.
- Representar al Partido de conformidad con los Estatutos y la Plataforma Programática.
- Participar en los eventos, movilizaciones y actividades convocadas por el Partido.
- Contribuir al sostenimiento del Partido.
- Hacer buen uso de los bienes y recursos del Partido.
- Apoyar las candidaturas del Partido escogidas de conformidad con los presentes Estatutos.
- No pertenecer simultáneamente a otro partido o movimiento significativo de ciudadanos.
- Todo(a) afiliado(a) al Partido que en su nombre participe en la administración pública, o que haya sido elegido(a) a cargos uninominales o corporaciones públicas, deberá ser ejemplo de rectitud, honradez, transparencia e idoneidad, en el marco de la Constitución Nacional, las leyes, los Estatutos, Código de Ética, Fines del Partido, la Plataforma Programática y demás instrumentos institucionales; y deberá rendir informe anual de su gestión a la respectiva instancia de dirección territorial o la Veeduría Nacional del Partido.
- Respetar, acoger e impulsar las decisiones legítimamente adoptadas por el Partido, en todas sus instancias y ser leales al Partido y a su Plataforma Programática.
- Actuar en bancadas en los cuerpos colegiados.
- Acudir a los canales democráticos del Partido para resolver sus discrepancias y disentimientos, a efectos de mantener la unidad. Es deber respetar la honra y el buen nombre de sus integrantes.
- Los afiliados del Partido desarrollarán su actividad de conformidad con las normas de comportamiento adoptadas en los principios, el Código de Ética y Garantía y el Protocolo contra la violencia de género.
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